Disposiciones administrativas UPAC 2026: obligaciones, plazos y requisitos
El 30 de septiembre de 2026 se publicaron nuevas disposiciones administrativas que cambian las reglas para las personas usuarias de patrón de alto consumo de energía (UPAC) en México. En palabras sencillas, una UPAC es una persona o empresa con instalaciones cuyo consumo de energía supera los umbrales que establece la autoridad. El criterio se cumple cuando el consumo anual rebasa 45 GWh de electricidad o 70.000 barriles de petróleo equivalente (bep) en combustibles, sin contar los utilizados para transporte. Las nuevas reglas exigen revisar los consumos por instalación, registrar y actualizar información y avanzar hacia un Sistema de Gestión de la Energía. La primera pregunta para cada empresa es si estas obligaciones le aplican y qué datos debe preparar.


¿Qué cambian las nuevas disposiciones administrativas para las UPAC?
¿Cómo saber si una empresa es UPAC?
- Electricidad: consumo anual superior a 45 GWh.
- Combustibles: consumo anual superior a 70.000 barriles de petróleo equivalente (bep). Se excluyen los energéticos utilizados para transporte.
¿Qué obligaciones tiene una UPAC?
Inscripción en el Registro UPAC
Actualización anual y reporte por instalación
- Consumo mensual por tipo de energético.
- Volumen mensual de bienes producidos o servicios prestados, relacionado con la energía reportada.
- Medidas de eficiencia energética y descarbonización implementadas.
- Resultados energéticos y económicos de esas medidas.
- Avance del SGEn: etapa inicial; gestionado y medido; o sistema certificado.


¿Cómo funciona el Registro UPAC?
¿Qué exige el Sistema de Gestión de la Energía?
- Cobertura: abarcar al menos el 80% del consumo energético total de la instalación.
- Planeación: fijar objetivos y metas con base en una revisión energética cuya antigüedad no supere tres años.
- Indicadores: definir indicadores de desempeño para los principales usos de energía y un programa de acción para mejorarlos continuamente.
- Operación: aplicar controles operacionales y de mantenimiento acordes con la actividad de la instalación.
- Documentación: conservar la información documentada que exige la norma aplicable.
- Responsabilidad: designar a una persona encargada de la gestión energética por instalación y de servir como enlace con la CONUEE.


¿Cuáles son las fechas clave para cumplir?
- 1 de octubre de 2026: entrada en vigor del Acuerdo, al día siguiente de su publicación.
- Al advertir que se superó el umbral: inscripción inmediata; si existe notificación de la CONUEE, el plazo es de 15 días hábiles.
- Del 1 de marzo al 31 de mayo de cada año: actualización de la información del año anterior por instalación.
- Desde junio de 2027: inicio de la verificación de la implementación del SGEn por parte de la CONUEE.
- A más tardar en enero de 2028: certificación del SGEn para las personas ya identificadas como UPAC, de acuerdo con el transitorio quinto.
¿Qué información conviene preparar antes de registrarse?
- Facturas y consumos de electricidad y combustibles, preferiblemente de 12 meses o más.
- Datos mensuales de producción o servicios para relacionarlos con el consumo.
- Ubicación, actividad SCIAN y contacto responsable de cada instalación.
- Acta constitutiva, acreditación de representación e identificación oficial requeridas para el alta.
- Inventario de equipos, horarios, variables operativas y mediciones disponibles para la revisión energética.
- Medidas de eficiencia y descarbonización ejecutadas, con sus resultados energéticos y económicos.
- Evidencias del avance del SGEn: revisión energética, indicadores, metas, controles, documentación y responsable.
¿Qué errores pueden complicar el cumplimiento?
Checklist: ¿está preparada tu empresa para las disposiciones UPAC?
- Revisamos el consumo anual de electricidad y combustibles del año anterior por instalación, excluyendo del umbral los energéticos usados para transporte.
- Identificamos responsables, representantes, ubicaciones, actividades SCIAN y documentos de alta.
- Podemos reconstruir los consumos y la producción o servicios con desglose mensual y fuentes verificables.
- Tenemos una brecha inicial del SGEn: cobertura, revisión energética, indicadores, controles, documentación, responsables y ruta de certificación.
Preguntas frecuentes sobre las nuevas disposiciones UPAC
¿El combustible usado para transporte cuenta para el umbral?
¿Cómo se calculan los BEP de los combustibles?
¿La inscripción en el Registro UPAC tiene costo?
No. El Registro es gratuito. La empresa sí necesita asignar tiempo y recursos para reunir datos, validar documentos y mantener operativo el SGEn.
¿Qué ocurre si la CONUEE detecta omisiones o inconsistencias?
- Puede solicitar aclaraciones o documentación adicional; la persona responsable dispone de 10 días hábiles desde la notificación para responder.
- La información incompleta, falsa o no presentada puede dar lugar a sanciones conforme al marco aplicable.



